Hay demanda de Seyer, que logró una oferta de 6,6 millones por el fútbol femenino y la RFEF “ignoró” por considerar que éste no vale nada.
El presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), Ángel María Villar, ha sido citado a declarar por la jueza titular del Juzgado de Primera Instancia número 8 de Majadahonda en el juicio que se celebrará el próximo 3 de diciembre con motivo de la demanda interpuesta por Seyer Gestión S.L. contra la RFEF “por incumplimiento de contrato”. En la misma, Seyer acusa a la RFEF de “ignorar” una oferta que consiguió ésta y por la que la empresa CGP SPORT ofrecía y sigue ofreciendo 6,6 millones de euros por el patrocinio durante seis temporadas de las competiciones nacionales de fútbol femenino. Por este motivo Seyer reclama a la RFEF una cantidad cercana a los 2 millones de euros.
Así lo ha adelantado Seyer Gestión S. L. este jueves mediante un comunicado de prensa. Sorprendentemente, tal y como asegura Seyer Gestión S.L., en su escrito de contestación a la demanda, la RFEF justificó su falta de respuesta por su desconfianza ante una oferta que era “astronómica” para algo como el fútbol femenino que para la propia Federación “no tiene valor de mercado alguno”.
“Resulta contrario a toda lógica que una entidad realice tamaña oferta por los derechos económicos de una competición deficitaria como es la competición femenina, que no tiene, en realidad, valor de mercado alguno. Es un deporte que aún debe crecer mucho antes de manejar tales cantidades y el hecho de que se realizase una oferta tan “astronómica”, no sólo levantó sospechas, sino que los responsables federativos también se mostraron recelosos en relación a la misma…”, decía la RFEF en su escrito de contestación, según detalla Seyer.
Seyer Gestión fue contratada por la RFEF para “abrir mercado para el desarrollo, promoción, expansión y comercialización de las competiciones nacionales de fútbol femenino”, trabajo que culminó con la presentación de la oferta millonaria de CGP SPORT. Del mismo modo, la parte demandante dijo ante la jueza, en la audiencia previa, celebrada el pasado 6 de octubre que el patrocinador, CGP Sport, mantiene su oferta “en caso de que la parte demandada fuera proclive a una transacción”.
Junto a Villar también han sido citados para declarar Vicente Temprado, como presidente del Comité Nacional de Fútbol femenino de la RFEF e interlocutor designado por la RFEF para la supervisión de la ejecución del contrato celebrado con Seyer Gestión; Jorge Pérez, como secretario general de la RFEF y representante de la misma en el contrato con Seyer; y Javier Tebas, como presidente de La Liga. En el comunicado, Seyer Gestión justifica la solicitud de la presencia de Tebas por tratarse de la persona que puede “explicar mejor que nadie cómo es la relación de la LFP con la RFEF para el objetivo de impulsar el fútbol femenino y cuál es el valor de mercado de éste, ahora que la patronal de los clubes masculinos ha apostado por su desarrollo”.
En la audiencia previa, la jueza admitió la prueba solicitada por Seyer Gestión S. L. de convocar a Villar como parte del “Interrogatorio de la Demandada” para que, en su condición de presidente de la RFEF, responda por qué el organismo que él dirige desde hace más de 27 años ignoró la oferta de 6,6 millones euros presentada por la empresa CGP SPORT por el patrocinio durante seis temporadas de las competiciones nacionales de fútbol femenino. Según reza el comunicado de Seyer Gestión, “Ángel María Villar, a petición propia, fue conocedor de la oferta mencionada y su desarrollo de gestión, de la situación del fútbol femenino y de la omisión de la RFEF sobre cualquier trámite ante la misma”.
Seyer Gestión firmó un contrato con la RFEF el 23 de marzo del 2009 con el objetivo de abrir mercado para el desarrollo, promoción, expansión y comercialización de las competiciones nacionales de fútbol femenino. Dicho contrato fue renovado el 21 de marzo del 2011 por tres años. Durante esas cinco temporadas se llevó a cabo la elaboración del Plan Director que, entre otras acciones, contiene un estudio de mercado, propuestas de formato de competiciones para su mejor comercialización, gestión, presentaciones de las competiciones y diseño de su imagen, plan de marketing, estrategia de difusión televisiva, gestión de merchandising, sistema de patrocinios y el Reglamento de Protocolo, Comunicación y Publicidad de la RFEF para la Liga de Fútbol Femenino (LFF) y la Copa de S.M. la Reina. Todas estas gestiones se realizaron con el conocimiento, la supervisión y la aprobación de la RFEF.
La culminación de este trabajo fue la consecución y presentación a la RFEF de una oferta de la compañía CGP SPORT para la explotación de todos los derechos del Plan de Patrocinio por un montante de 6,6 millones de euros durante seis temporadas. En la misma propuesta, la empresa ofrecía la retransmisión televisiva de la totalidad de los encuentros, única forma de darle visualización y posibilidad de rentabilidad al patrocinio del fútbol femenino. Dicha oferta, a pesar de los múltiples requerimientos de la demandante, jamás fue contestada en forma por parte de la RFEF, cuya “respuesta” fue ignorarla y dejar pasar el tiempo hasta que concluyese el contrato firmado con Seyer. Dicha actitud de la RFEF motivó la demanda ahora en curso, en la que Seyer reclama cerca de dos millones de euros en concepto de comisión.
Seyer señala a Villar, Temprado y Jorge Pérez como conocedores en todo momento de la millonaria oferta por el fútbol femenino. A juicio de Seyer Gestión, Vicente Temprado hizo dejación de sus funciones al inhibirse en todo momento de las responsabilidades que le habían sido delegadas por la RFEF, justificándolo con “un manido yo no entro en temas económicos”. Para Seyer, la actitud de Temprado “es calificable como mínimo de extraña, dado que el principal problema que afecta al fútbol femenino español es precisamente el dinero, mejor dicho, la falta del mismo, además la inexistencia de gestión sobre el mismo durante tantos años”. Asimismo, Seyer señala a Jorge Pérez como “el directivo que auspició y firmó el contrato, desentendiéndose posteriormente de forma total y absoluta de la atención y el seguimiento de lo firmado”